
La decisión de Javier Milei con el viernes 10 de octubre: ¿es feriado o día no laborable?
Nacionales06/10/2025
Diario UrbanoEn medio de varios cambios, surge la duda de la naturaleza del asueto del próximo viernes, puesto que puede ser un feriado o un día no laborable.

El viernes 10 de octubre: ¿es feriado o día no laborable?
El calendario oficial establecido por el Gobierno tiene en octubre el nuevo feriado nacional por el Día del Respeto a la Diversidad Cultural que fue reconvertido en Día de la Raza por el Gobierno de Javier Milei, que además determinó que el descenso sea extendido.
El próximo feriado era el 12 de octubre, que este año cae domingo y había declarado como intransferible. Sin embargo, y ante la falta de fines de semana largo, fue modificado a feriado transferible y pasado al viernes 10 de octubre, cuando será el feriado.
De esta manera, el viernes 10 de octubre será feriado nacional, conformando un fin de semana largo de tres días junto al sábado 11 y domingo 12.
A diferencia de otros “días no laborables con fines turísticos”, en donde el asueto es decidido por el empleador, en el caso del viernes es efectivamente feriado nacional.
Qué diferencia hay entre feriado y “día no laborable"
“Día no laborable” es optativo de acuerdo al sector laboral: el empleador puede elegir si trabaja o no, excepto para bancos, seguros y actividades afines.
Trabajadores estatales y de la educación, por caso, no trabajan en días no laborables. Tampoco hay clases.
En tanto, un feriado, como el caso del viernes 10 de octubre, es una jornada de descanso obligatoria, que debe cumplirse en todo el territorio nacional.
La ley 20.744, conocida como Ley de Contrato de Trabajo, precisa en su artículo 181 que en los días feriados nacionales rigen las mismas normas legales que para el descanso dominical. Esto significa que, si un empleado es requerido para prestar servicios durante un feriado, tiene derecho a percibir el doble de su salario diario habitual por esa jornada.
La decisión de trabajar o no en un feriado no es optativa para el empleador, salvo excepciones específicas que no alteran el régimen de pago.
Calendario de feriados 2025 en Argentina
Miércoles 1 de enero: Año Nuevo
Lunes 3 y martes 4 de marzo: Carnaval
Lunes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
Miércoles 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.
Jueves 18 y viernes 19: Semana Santa.
Jueves 1 de mayo: Día del Trabajador.
Viernes 2 de mayo: Día no laborable con fines turísticos.
Domingo 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.
Lunes 16 de junio: Paso a la Inmortalidad del Gral. Don Martín Miguel de Güemes (trasladado del 17/6).
Viernes 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano.
Miércoles 9 de julio: Día de la independencia.
Viernes 15 de agosto: Día no laborable con fines turísticos.
Domingo 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín.
Viernes 10 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
Viernes 21 de noviembre: Día no laborable con fines turísticos.
Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (trasladado del 20/11).
Lunes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María.
Jueves 25 de diciembre: Navidad.


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