La Provincia puso en funciones el andamiaje operativo de la flamante Ley Provincial de Transporte tras la publicación del Decreto Reglamentario Número 000005-MG-2026 en el Boletín Oficial. La normativa no solo reconfigura los permisos para los servicios públicos y privados, sino que introduce un estricto mecanismo de auditoría digital que modifica los controles en la vía pública para colectivos, taxis, remises y plataformas digitales.
Fiscalización digital e inmediata
La columna vertebral de la reforma es la creación del Registro Provincial de Transporte (Re.Pro.Tran.), una base de datos informática que centralizará el historial de empresas, choferes, unidades y sanciones. A partir de su vigencia, ningún transporte podrá circular sin un Certificado de Registración Digital, el cual dispondrá de un código QR de portación obligatoria.
Las fuerzas de seguridad y los inspectores ministeriales escanearán este código en los controles viales para verificar la autenticidad de las habilitaciones, la vigencia de las pólizas de seguro y las licencias profesionales. Cualquier inconsistencia entre los datos del sistema y la operación efectiva del rodado provocará la inhabilitación automática y del pleno derecho del servicio en el mismo lugar del operativo.
El pasajero como auditor
La digitalización del sistema también otorgará un rol activo a los usuarios del transporte público regular. Las empresas concesionarias de colectivos de línea están obligadas a exhibir de manera visible un código QR vinculado al registro oficial dentro de cada unidad.
A través de este dispositivo, los pasajeros tendrán la facultad de reportar e ingresar reclamos en tiempo real sobre el incumplimiento de las frecuencias horarias, deficiencias en el estado edilicio del coche o conductas indebidas por parte del chofer. Los reportes ingresarán de forma directa a los sistemas de las autoridades de aplicación para agilizar los expedientes sancionatorios.
Rastreo por GPS para plataformas
Para las modalidades de traslado no regular, que abarcan a las aplicaciones digitales y transportes contratados, el decreto impone la obligatoriedad de contar con sistemas de posicionamiento satelital (GPS) enlazados y activos de forma permanente. Esta exigencia busca fiscalizar la trazabilidad de los viajes, registrando los puntos de origen, las rutas elegidas y los destinos finales. La normativa advierte que el apagado, la manipulación o la falta de transmisión de estos datos será motivo de caducidad inmediata del permiso de circulación.
En paralelo, se fijaron las pautas de inscripción para los prestadores, quienes deben validar su identificación tributaria (CUIT) y constituir domicilios electrónicos en San Juan. Por su parte, los choferes deben registrar su CUIL y la Licencia Nacional de Conducir profesional bajo los parámetros nacionales actualizados, mientras que los vehículos deben acreditar la titularidad de los dominios o los contratos de leasing radicados en la provincia.
Control financiero y sanciones extremas
El transporte regular masivo sumará una auditoría de fondos cruzada, donde la Provincia cotejará de forma constante las declaraciones juradas de las empresas de colectivos con los ingresos reportados por el sistema SUBE. Las prestatarias deberán abonar una Tasa Regulatoria del 2% de su recaudación bruta; la acumulación de tres meses consecutivos de morosidad en este tributo será causal de pérdida de la concesión.
Para evitar que las sanciones financieras afecten la conectividad de los usuarios, el artículo 30 de la reglamentación faculta al Estado provincial a realizar la incautación preventiva de los colectivos, los talleres y las instalaciones operativas de la firma sancionada. Esta herramienta legal le permitirá al Ejecutivo garantizar la continuidad de las líneas de colectivos por administración propia o mediante la asignación inmediata de los recorridos a terceras empresas.
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