El juez Maximiliano Blejman, integrante del Tribunal de Impugnación, resolvió declarar la nulidad de las actuaciones judiciales en la causa que investiga la supuesta usurpación de un predio en el departamento de Pocito. La medida invalida la audiencia de formalización realizada a mediados de agosto y retrotae el procedimiento, tras detectarse severas irregularidades en el accionar del Ministerio Público Fiscal y una falta de control de legalidad en las instancias previas.
La decisión beneficia de manera directa a Sandro Daniel Zárate, uno de los señalados en la causa. Al hacer lugar al recurso interpuesto por la defensa, el magistrado dejó sin efecto los actos procesales posteriores a la audiencia del 18 de agosto, argumentando que las deficiencias del planteo fiscal condicionaron el desarrollo del proceso.
Un expediente paralizado y fallas en la imputación
Entre los fundamentos vertidos en el fallo, Blejman hizo hincapié en la inacción del Ministerio Público Fiscal, organismo que receptó la denuncia a comienzos del año 2026 y mantuvo la investigación sin avances significativos durante siete meses.
Asimismo, el resolución judicial remarca que al momento de concretar la acusación por el delito de usurpación, la fiscalía omitió precisar las conductas puntuales atribuidas al imputado, omitiendo detalles clave como las fechas exactas y el contexto de los hechos. Esta falta de precisión, según concluyó el tribunal, vulneró de manera directa las garantías constitucionales del derecho de defensa.
Cuestionamientos al control de garantías
El pronunciamiento del Tribunal de Impugnación también alcanzó el desempeño del juez de Garantías interviniente en la audiencia inicial. Blejman consideró que dicho magistrado debió ejercer un estricto control de legalidad y no convalidar una acusación imprecisa. Ante lo que calificó como un vicio o defecto absoluto, dispuso que el expediente sea devuelto al estado procesal anterior a la formalización anulada.
El origen del conflicto territorial
La controversia salió a la luz pública durante el mes de abril, a partir del reclamo de un particular que manifestó haber cedido una porción de terreno en la intersección de Ruta 40 y Calle 8 destinada a la edificación de un templo religioso. Según la acusación, las obras ejecutadas habrían excedido los límites fijados en la donación original, ocupando lotes colindantes con la construcción de baños e instalaciones deportivas.
Por su parte, las autoridades del Arzobispado de San Juan admitieron en su momento la existencia de una falla administrativa referida a la delimitación del inmueble. En el marco de un intento de acuerdo extrajudicial, la institución eclesiástica se había comprometido a demoler las estructuras edilicias levantadas fuera del perímetro consignado en la cesión.