La iniciativa legislativa introduce un marco restrictivo severo enfocado en la transparencia pública, apuntando de manera directa a impedir que las autoridades gubernamentales, el personal político y sus redes de contactos directos puedan verse beneficiados por este tipo de adjudicaciones estatales.
Alcance de las restricciones y el círculo familiar
La propuesta normativa establece una inhabilitación taxativa para todas aquellas personas que desempeñen cargos electivos, políticos o de designación en el marco de los tres poderes del Estado provincial, haciendo extensible la prohibición a los funcionarios y autoridades del ámbito municipal. No obstante, el cerco ético se amplía sustancialmente al incluir dentro de las incompatibilidades a los cónyuges, convivientes y familiares directos en línea ascendente o descendente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
Del mismo modo, el texto legal contempla frenar la entrega de casas a personas humanas o jurídicas que sostengan vínculos comerciales, societarios o contractuales con dichos dirigentes cuando de esa relación pudiera derivarse un beneficio indirecto o un conflicto de intereses.
Incompatibilidades posteriores y excepciones operativas
Uno de los aspectos más destacados de la reforma radica en que la inhabilitación no caducará de forma automática con la finalización del mandato o el cese de funciones. De ser convertida en ley, la prohibición se extenderá por un período de dos años posteriores al retiro efectivo de la función pública para evitar maniobras de favorecimiento temporal.
A pesar de este estricto encuadre, la norma contempla salvedades específicas dentro de la operatividad del organismo provincial: no quedarán alcanzadas por esta restricción las asistencias financieras destinadas a la construcción o ampliación de inmuebles, como así tampoco aquellos proyectos habitacionales desarrollados mediante el aporte de capitales privados con la participación activa de entidades intermedias.
Sanciones por falseamiento y fines de la iniciativa
Para garantizar el cumplimiento efectivo de la regulación, el proyecto prevé un riguroso régimen sancionatorio ante eventuales maniobras de ocultamiento. En los casos donde se detecte el falseamiento de datos, la omisión deliberada de información o cualquier tipo de ardid orientado a esquivar las prohibiciones, se dispondrá la inmediata nulidad del beneficio otorgado.
Esta medida se aplicará sin perjuicio de las actuaciones correspondientes para determinar el grado de responsabilidad administrativa, civil y penal de los involucrados. Con esta actualización normativa, se intenta fijar una pauta legal clara sobre la incompatibilidad entre el ejercicio de la función pública, las relaciones de conveniencia y la recepción de asistencia social del Estado.